La figura del testamento en una herencia
El testamento regula circunstancias que no podrían dirimirse en un proceso judicial, y precisamente por este motivo es fundamental, ya que nos permite decidir el reparto futuro de nuestros bienes y configurar decisiones ligadas a nuestra voluntad para con nuestros herederos.
Una vez fallecido el testador, el testamento se convierte en ley de la sucesión. Si se otorga ante notario, tiene eficacia probatoria y constituye un documento imprescindible para inscribir los derechos de los sucesores en el Registro de la Propiedad.
¿Qué sucede si no hay testamento en una herencia?
Si no hay testamento redactado, es la legislación civil española la que determina quiénes son los herederos y en qué proporción heredan.
De acuerdo a dicha legislación, la herencia se divide en tres partes: el tercio de legítima, que tiene que repartirse forzosa e igualitariamente entre los hijos, el tercio de mejora, que se puede adjudicar a uno o varios hijos, o a uno o varios nietos, y el tercio de libre disposición, que se puede dar a quien la persona desee, ya sea familia o alguien ajeno a ella. Si es nuestro deseo la alteración de este orden, transmitir bienes a otros sujetos o en una proporción distinta a la prevista en la ley, será necesario el testamento. Es conveniente sin embargo matizar que en España no existe libertad absoluta para testar a nuestro antojo, salvo en Navarra y el Fuero de Ayala. Todo testador está obligado por Ley al respeto de la legítima de los herederos forzosos.
Contenido de un testamento
Tal y como hemos adelantado, en el testamento se pueden fijar términos, condiciones y modos, como por ejemplo ordenar que la transmisión de bienes se haga en un periodo de fechas concretas, que la ejecución se haga supeditada a un determinado hecho, o que todo esté condicionado a la realización de determinados hitos por parte del heredero o legatario. Como podrá apreciar el lector, esto tiene una infinidad de aplicaciones prácticas. Por ejemplo, se podría transmitir en herencia una vivienda a un hijo con la condición de que éste dé alimentos y habitación en esa misma vivienda o en otra de su elección a otro familiar.
El coste de hacer testamento no es elevado. Es un trámite rápido, que solo precisa del DNI, tener cumplida una edad de 14 años y el asesoramiento especializado de un notario y abogado experto en herencias (derecho de sucesiones). Con todo esto quedará plasmada legalmente la voluntad de la persona (testador).
Tengamos en cuenta por tanto la importancia del testamento a la hora de poner en orden nuestras últimas voluntades y así atender a posibles desacuerdos futuros o, simplemente, evitar burocracias innecesarias. Por supuesto, y dada la complejidad de la meteria tratada, se hace casi imprescindible la búsqueda de asesoramiento profesional y especializado en herencias y testamentos.
Consulte su caso sin compromiso
Calle Lagasca, 113 (Entreplanta), 28006-Madrid
Atención sin interrupción de 9.00 a 20.00
Información básica sobre protección de datos Ver más
- Responsable: Abogados GarCe - Herencias y Testamentos.
- Finalidad: Cumplir con la prestación contratada
- Legitimación: Ejecución del contrato
- Destinatarios y encargados de tratamiento: No se ceden los datos
- Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos.
- Información Adicional: Puede consultar la información detallada en la Política de Privacidad.