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Preguntas más comunes sobre herencias

¿Qué sucede si el fallecido no ha dejado testamento?

Si una vez obtenido el certificado de últimas voluntades comprobamos que el fallecido no dejó testamento, estaremos ante una sucesión ab intestato (intestada) y habrá por tanto que conformar un Acta de notoriedad llamada «declaración de herederos». La Ley establecerá entonces qué familiares tendrán derecho a heredar según su grado de parentesco.

¿Qué impuestos tienen las herencias?

Fundamentalmente, dos: el impuesto de Sucesiones y, si existen bienes inmuebles, el impuesto de plusvalía municipal. Son ambos impuestos municipales con plazos de seis meses prorrogables para su liquidación (contando desde el día del fallecimiento del causante).

¿Qué es la legítima y quiénes los herederos forzosos?

Los herederos forzosos son aquellos que heredan a una persona por Ley, es decir, aquellos que siempre tienen derecho a heredar. El testador no podrá privar a los herederos forzosos de su parte en la herencia o legítima, salvo en los supuestos de desheredación contemplados en la Ley. Además de los herederos, el testador podrá nombrar en su testamento a personas que reciban un bien concreto de la herencia (legado), son los llamados legatarios.

Cada uno de los tipos de herederos forzosos o legitimarios tiene derecho a un porcentaje determinado de la herencia o legítima. Dependiendo del tipo de heredero forzoso o legitimario, se distinguen varias clases de legítima.

¿Se puede impugnar el reparto de los bienes de un testamento?

Si no estamos de acuerdo con el reparto que el fallecido ha hecho de los bienes, el testamento se puede impugnar. Dicha impugnación suele realizarse si se sospecha que el fallecido no estaba capacitado para realizar testamento debido a causas de diversa índole, generalmente enfermedades. También podría impugnarse el testamento si existen causas de desheredación injustas, como la desheredación de herederos forzosos, omisión de los mismos o reparto inferior al previsto por la Ley (reclamación de la legítima).

¿Qué documentos necesito para tramitar una herencia?

Para poder tramitar cualquier herencia, serán necesarios los siguientes documentos: certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, certificado de seguros de vida, testamento y declaración de herederos.

¿Qué sucede si la herencia tiene deudas?

Si la una herencia tiene deudas, se puede optar por renunciar a la herencia, aceptar la herencia a beneficio de inventario, aceptar la totalidad de la herencia con deudas o declarar el concurso de acreedores de la herencia.

Es necesario el asesoramiento de abogados expertos en la tramitación de herencias con deudas para conseguir el mejor resultado posible.

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